Está prohibido el retiro indirecto por rebaja de sueldos o salarios

El retiro indirecto por disminución de sueldos o salarios fue eliminado de la legislación laboral. Regía desde hace 89 años (1937) y fue anulado por el Decreto Supremo 3770 del 09 de  enero de 2019.

Se prohíbe a todas las empresas o establecimientos laborales sujetos al régimen laboral de la Ley General del Trabajo, aplicar el retiro indirecto por rebaja de sueldos o salarios como modalidad de conclusión de la relación laboral”, señala el artículo 2 del decreto supremo 3770.

De acuerdo a la norma, si un trabajador considera que se ve vulnerado su derecho al trabajo y a la estabilidad laboral como resultado de anuncio o comunicados de rebaja de sueldos o salarios podrá acudir ante el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social para su reincorporación

Será esa instancia la que “conminará al empleador proceda a la reincorporación inmediata de la trabajadora o trabajador, más la reposición de la remuneración al nivel percibido hasta antes de la rebaja, salvo la existencia de acuerdo de partes debidamente justificado”, según el artículo 3 del decreto 3770. Pero en la Disposición Final Segunda del Decreto Supremo 3770 se menciona que la prohibición del retiro indirecto no se aplicará a las empresas públicas, salvo “en caso de que las mismas deban realizar una reestructuración”.

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